Terminación por Mutuo Acuerdo con la U.G.P.P.
El Gobierno Nacional mediante Decreto 938 del 2017; señala el procedimiento para la aplicación de la terminación por mutuo acuerdo con la U.G.P.P. de los procesos que se encuentran en sede administrativa y judicial.
Es de suma importancia recalcar; que el aportante u obligado con el sistema de protección social, el deudor solidario del obligado Administradora del sistema de protección social, podrá solicitar la terminación estudiada hasta el 30 de octubre del 2017, con el último acto administrativo notificado antes de la presentación de la solicitud.
Antes de presentar la solicitud de terminación por mutuo acuerdo; recomendamos se revise la firmeza del acto administrativo, la caducidad del termino para presentar la demanda ante la jurisdicción contencioso administrativa; puesto que si estamos frente alguno de estos casos, la solicitud será rechazada.
Por lo tanto, el termino para presentar la solicitud es hasta el 30 de octubre del 2017; esto sin olvidar que el acto administrativo no debe estar en firme por haber agotado vía gubernativa o en su defecto, haber operado la caducidad.
Una vez acordados los valores señalados en los actos administrativos; las actuaciones posteriores que despliegue la U.G.P.P; quedaran sin efecto en razón a la transacción aprobada y se dará por terminado el proceso con la suscripción de la correspondiente acta.
La TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO POR LOS ACTOS DEMANDADOS ANTE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA; los obligados que hubiesen presentado demanda contra los actos administrativos de determinación y sancionatorios antes del 29 de diciembre del 2016; y esta no se les haya admitió a la fecha de presentación de la solicitud; podrán acogerse a la terminación por mutuo acuerdo del proceso administrativo de determinación o sancionatorio.
Esta terminación también procede, cuando los obligados presentaron la demanda, con posterioridad al 29 de diciembre de 2016; siempre y cuando no se haya proferido el auto admisorio.
La fecha para cumplir con todos los requisitos, es HASTA EL 30 DE OCTUBRE DEL 2017; so pena de no suscribir el acta de terminación.