Precisiones Sobre el Valor Residual de los Activos.

 

Abordamos el valor residual para aquellos casos; en que la vida útil contable de los activos es inferior al límite fiscal, teniendo en cuenta lo estipulado por la técnica contable Ley 1314 de 2009.


valor residual
Con el fin de absolver el cuestionamiento precedente; es menester traer la siguiente norma del estatuto tributario:

 

Consulte: Determinación de la Renta Líquida con Información Contable e Información Fiscal.

 

“Art. 131. Base para calcular la depreciación. Para las personas obligadas a llevar contabilidad al costo fiscal de un bien depreciable no involucrará el impuesto a las ventas cancelado en su adquisición o nacionalización; cuando haya debido ser tratado como descuento o deducción en el impuesto sobre la renta, en el Impuesto sobre las ventas y otro descuento tributario que se le otorgue.

Para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios; un contribuyente depreciará el costo fiscal de los bienes depreciables, menos su valor residual a lo largo de su vida útil. Para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios; el valor residual y la vida útil se determinará de acuerdo con la técnica contable.

 

De otra parte; debemos indicar que el inciso final el artículo 131 del estatuto tributario establece que la vida residual se determinará de acuerdo con la técnica contable, existiendo una remisión legislativa a la Contabilidad, por lo tanto; para entender el alcance de esta remisión se debe traer a colación la Norma Internacional de Contabilidad 16. Propiedad, Planta y Equipo; incorporada a nuestra legislación mediante el Decreto 2496 de 2015; en donde establece lo siguiente:

El valor residual de un activo es el importe estimado que la entidad podría obtener de un activo por su disposición, después de haber deducido los costos estimados para su disposición; si el activo tuviera ya la edad y condición esperadas al término de su vida útil.

Este valor y la vida útil de un activo se revisarán, como mínimo, al término de cada período anual y, si las expectativas difieren de las estimaciones previas, los cambios se contabilizarán como un cambio en una estimación contable, de acuerdo con la NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores. El importe depreciable de un activo se determina después de deducir su valor residual. En la práctica; el valor residual de un activo a menudo es insignificante, y por tanto irrelevante en el cálculo del importe depreciable.

Artículo51. El valor residual de un activo podría aumentar hasta igualar o superar el importe en libros del activo. Si esto sucediese; el cargo por depreciación del activo será nulo, a menos que-y hasta que-ese valor residual disminuya posteriormente y se haga menor que el importe en libros del activo.

 

Conclusión.

Por lo anterior; se concluye que el valor residual es el determinado por la técnica contable y no por la regla fiscal, en tal sentido si un contribuyente necesita calcular la base de depreciación para efectos fiscales debe determinarla en los términos del artículo 131 del E.T. y si tiene valor residual, este debe calcularlo en los términos que defina la norma contable que le sea aplicable a cada contribuyente, es decir, los decretos reglamentarios de la ley 1314 de 2009 y las Resoluciones que en materia contable haya expedido la Contaduría General de la Nación.

 

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